¿Cómo se organiza una cooperativa de transporte de mercancías?

En anteriores artículos del blog de GEVECOOP hemos tocado temas sobre qué es y los principales servicios de una cooperativa de transporte de mercancías.

Sin embargo, siempre está la duda de cómo se organizan este tipo de sociedades mercantiles, ya que por lo general no funcionan de la misma manera que una empresa convencional, cuya organización suele ser vertical y en ocasiones en forma circular.

En el caso de las cooperativas de transporte, la organización casi siempre será la misma, pero entendiendo desde luego las matices que cada organización, de acuerdo a sus estatutos, le quiera dar a cada una de esas sociedades de alianza de transportistas o empresas de transporte.

¿Quiénes la conforman?

La ley vigente sobre el tema dice que las cooperativas de transporte de mercancías están formadas por transportistas que se unen para contratar servicios con empresas en nombre de la cooperativa, con todas las ventajas que de ello se desprenden.

Ahora bien, la ley también dice que las empresas de transporte (no cooperativas) pueden unirse y constituir una cooperativa de transporte de mercancías, a pesar de que es una modalidad poco explorada y hasta desconocida en el sector, pero que posiblemente daría muchas ventajas también.

Los dos niveles de organización y responsabilidad

Una cooperativa está conformada por sus socios (sean personas físicas o jurídicas) y por la cooperativa en sí, es decir, la figura societaria y empresarial.

En la parte superior siempre estará la figura societaria. En nuestro caso, GEVECOOP. Esta parte es la que se encarga de contratar servicios con otras empresas o clientes, siempre bajo su nombre de cooperativa, y nunca a nombre personal de alguno de los socios.

En la parte inferior están los socios. Son los encargados de realizar los servicios que GEVECOOP acuerda con sus clientes. La cooperativa da una autorización de servicio a un socio específico, o a varios según el caso, y son ellos los encargados y los responsables de velar por su cumplimiento.

Es importante saber eso porque de allí de desprenden las responsabilidades. El cumplimiento de los servicios acordados (o el no cumplimiento) siempre está bajo la responsabilidad única y exclusiva de los socios. Nunca de la figura societaria. La sociedad cooperativa actúa, entonces, en muchas ocasiones como una figura de intermediación entre profesionales transportistas y empresas que requieren de estos servicios, pero con infinitas ventajas a favor de la utilización de esta figura para la realización de sus labores, algo de lo que hablaremos seguramente en próximos artículos.