Ser socio de una cooperativa de transporte de mercancías: ventajas legales importantes

Trabajar en el sector del transporte de mercancías puede llegar a ser una salida laboral que aporte no sólo beneficios profesionales a corto plazo, sino que a largo plazo promuevan un cambio drástico en la calidad de vida, para mejor.

Eso no quiere decir, por supuesto, que trabajar como transportista en una cooperativa de trabajo asociado sea la única manera de hacerlo, ya que en la actualidad se pueden desde iniciar una Sociedad Limitada o también darse de alta como autónomo y trabajar por cuenta propia. Sin embargo, ser socio de una cooperativa de transporte de mercancías puede ser una buena decisión, sobre todo si se atiende al tema legal.

Muchas cosas dejan de ser necesarias

Si se quisiera iniciar una empresa o darse de alta como autónomo, aparte de que los gastos son mayores y los trámites pueden ser un quebradero de cabeza, es necesario pagar y gestionar denominaciones sociales, abrir cuentas bancarias a nombre de la empresa, gestionar el alta en la Seguridad Social, aparte de saber que se responde con los bienes personales y el patrimonio si las cosas no van bien, al menos en el caso de ser autónomos.

En el caso de las cooperativas, y de trabajar con éstas, no es necesario pagar gestorías ni deducir impuestos cada tres meses, y la mayoría de los gastos obligatorios de un transportista autónomo dejan de ser tales, ya que las cooperativas se hacen cargo de todo.

Simplificación en búsqueda de mayores satisfacciones

Cuando se trabaja (independientemente de qué sea ese trabajo) lo que menos se quiere como profesional es complicarse la vida. Eso sin tener en cuenta que lo que más se quiere es recibir una remuneración adecuada y mejorar su calidad de vida.

Trabajar como transportista para una cooperativa puede ser una simplificación tal para satisfacciones tales, así sin más.

Por un lado, porque todo lo que tiene que ver con el cumplimiento de requisitos legales (póngase, la tarjeta de transportes y demás) pasan a formar parte de los requisitos de la organización, pero no obligatoriamente del transportista. En caso de las cooperativas que contratan autónomos la cosa cambia directamente, pero es algo que debe consultarse por separado.

Por otro lado, porque los transportistas no tienen mayores obligaciones legales que cumplir con las normas que regulan su profesión. Es decir, cumplir las leyes de tráfico y poco más.